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Reflexiones Libertarias

Ricardo Valenzuela

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CARTA PARA EL PROXIMO PRESIDENTE

REFLEXIONES LIBERTARIAS

CARTA PARA EL PROXIMO PRESIDENTE

Ricardo Valenzuela

Hace unas semanas, Hugo Chávez sufrió una dolorosa derrota en Perú cuando su candidato, Ollanta Humala, perdiera las elecciones para la presidencia de la República. Son muchos los elementos que provocaran tal evento, sin embargo, uno muy importante, fue la carta que un grupo de liberales le dirigieron a los candidatos, pero especialmente al pueblo del Perú, describiendo lo que ese país hermano requiere para abandonar la miseria en la que ha vivido.

Sí los candidatos la tomaron en cuenta o no, es el gran misterio. Lo que no es misterio, es que los peruanos lo hicieron otorgando su voto, no a quien pensaban les daría esa libertad, sino en contra de quien tenían la seguridad jamás lo haría, pretendiendo llevarlos hacía un estado de servidumbre y opresión estilo la revolución bolivariana de Chávez.

Con la venia de sus autores, he utilizado el documento para crear una referencia aplicable al caso mexicano puesto que, si no hacemos lo que se describe, o, algo que se le asimile, finalmente se consolida la tan anunciada Última Llamada. Y si bien, como piensan algunos, si nos equivocamos “tal vez” no iríamos hacia una tragedia, sin lugar a dudas, consolidamos el proceso de miserablemente perder el siglo XXI, de la misma forma que se perdió el pasado.

Durante casi 200 años de vida independiente, hemos aplicado un modelo de gobierno en el cual el poder ha sido acaparado por él mismo, impidiendo el desarrollo de una sociedad civil vigorosa a cargo de su destino y, por lo mismo, no se han desarrollado las instituciones que permitan el despegue del país. El TLC, que todo mundo pensó era la panacea para lograr esa grandeza, fue simplemente una pequeña cirugía plástica a la nariz de Cuasimodo, pero como parte de una larga serie de operaciones, que no se ha permitido continúen, para lograr la transformación total de nuestro deformado paciente.

El próximo presidente de México, si, con la habilidad del consenso, aplica un programa orientado hacia la formación de un Gobierno limitado, fuerte en sus funciones específicas -seguridad, justicia, obras públicas-, pero liberando gente, mercados e instituciones privadas; Aplicando luego medidas que lo reubiquen a cargo de sus funciones propias, y abriendo la compuerta para el desarrollo de la sociedad civil, nuestro país, al igual que España, Irlanda, Estonia y muchos otros, puede alcanzar la grandeza en unos cuantos años.

El Programa de un Gobierno Liberal puede concretarse y resumirse en una lista de los Derechos Ciudadanos (acompañados con sus respectivas obligaciones), como sigue:

CARTA DE LOS DERECHOS CIUDADANOS

Son derechos “constitucionales” imprescriptibles e indeclinables de los ciudadanos de México:

Sección I

En la esfera pública, el derecho a un Gobierno limitado.

Este derecho se debe fundamentar en las libertades políticas y sociales de los ciudadanos, e incluye lo siguiente:

Art. 1. Derecho a un Gobierno que cumpla sólo sus funciones.

Párrafo Uno. Las funciones “constitucionales” del gobierno, emanadas de los derechos naturales del hombre, deben ser:

a) Proteger la vida, los bienes, los derechos individuales, libertades de sus ciudadanos y, en especial, asegurar el cumplimiento de los contratos entre diferentes actores de nuestro tejido social.

b) A través de un sistema judicial limpio, claro y profesional, como arbitro de la nación, administrar justicia pública imparcial y expedita, para resolver conflictos y obligue a los responsables de los crímenes a restituir a sus víctimas.

c) Contratar la realización y mantenimiento de obras públicas genuinas mediante licitaciones abiertas al escrutinio.

Párrafo Dos. El Gobierno se instituye para cumplir sus funciones propias, las estatales ya enumeradas, respetando las actividades privadas a cargo de instituciones particulares en competencia.

Art. 2. Derecho a un Gobierno respetuoso y acotado.

Párrafo Uno. El Gobierno debe ser limitado en sus funciones, en sus atribuciones y en sus gastos. Por lo tanto, desarrolla sólo las funciones ya mencionadas en el párrafo Uno. A título de derechos “sociales” o cualquier otra pretendida justificación, no deben establecerse supuestos derechos irreconciliables con los que esta Carta reconoce y declara. El Estado no debe crear privilegios o invadir esferas privadas, económicas o no económicas.

Párrafo Dos. Un Gobierno limitado comprende también:

a) El derecho a un orden jurídico que lo limite. Las normas y leyes de la República, así como los Decretos y Decisiones de sus autoridades, se deben de acatar plenamente, pero se aplican sólo en sus disposiciones compatibles con las libertades y derechos enunciados para los ciudadanos en esta Carta. “Un gobierno tan poderoso para darte todo lo que quieres, es igualmente poderoso para quitarte lo que tienes.” Goldwater.

b) El derecho a una vigorosa oposición que lo contenga. Para ello se requiere de sólidos partidos políticos que deben operar como asociaciones particulares independientes del Estado, actuantes en la esfera privada de lo político. Deberán ser también autofinanciables y no depender de las arcas estatales. “Ningún gobierno puede permanecer seguro, sin una formidable oposición.” Disraeli.

c) El derecho a un Poder Judicial autónomo que conoce, analiza y sentencia en conflictos entre los particulares, entre los particulares y el Estado, y entre los servicios y departamentos del Estado. “Donde termina la ley, empieza la tiranía.” Locke

d) El derecho a una democracia legalmente limitada: ninguna mayoría popular, por amplia que sea, deberá decidir en contra de las libertades y derechos que esta Carta garantiza a los ciudadanos, o inclusive, llegar a la opresión de minorías. “El grave exceso de democracia, se transforma en despotismo.” Platón.

Art. 3. Derecho a un gobierno neutral. En el marco de la ley y un estado de derecho, el gobierno no debe intervenir en la vida privada de ciudadanos, ni decidir lo que pueden, deben o no deben hacer. Y salvo la promoción y defensa de las garantías consagradas en letra por esta Carta, no puede ni debe dictar lo que los ciudadanos piensan, creen o sienten. “Los gobiernos son diabólicos, el mejor gobierno es el que gobierna menos.” O’Sullivan.

Art. 4. Derecho a impuestos moderados. Deberá establecerse un sólo impuesto sobre el consumo para personas físicas. El único fin de este gravamen, es el de sufragar los gastos en la prestación de los servicios estatales. Deberá ser uniforme y no progresivo, de tasa fija (flat) y sin excepciones. “El poder ilimitado para establecer impuestos, se convierte en poder para destruir.” Marshall

Art. 5. Derecho a un Gobierno libre de deudas. Sólo le será permitido emisiones de bonos para financiar obras públicas necesarias que mejoren la infraestructura y modernicen el país, o, extraordinarias en caso de calamidades imprevisibles -sirviendo su colocación a modo de consulta popular sobre las mismas-.

Sección II

En la esfera de la economía, el derecho a mercados libres de monopolios, oligopolios y reglamentaciones que los encadenen para dejarlos a merced del gobierno y su viejo capitalismo crony. De esta forma, provocar haya oportunidades para todos y una sana competencia que haga eficiente nuestra economía.

Este derecho se basa en el reconocimiento y respeto de la propiedad privada, en las libertades de comercio e industria, y el resto de actividades económicas de un sistema libre que incluye:

Art. 6. Derecho al uso de una moneda libremente escogida. La moneda se escoge a voluntad de las personas para toda clase de pagos y contratos, negocios, empréstitos y deudas, depósitos y cuentas bancarias. “Denme el control de la moneda, y no me importa quien haga las leyes.” Rothschild.

Art. 7. Derecho a participar en las privatizaciones de activos y empresas estatales.

Párrafo Uno. El Estado no debe ser propietario de los recursos naturales, empresas u otros activos económicos, salvo los inmuebles, instalaciones y equipos estrictamente requeridos para sus funciones.

Párrafo Dos. Los activos y las empresas estatales, han de privatizarse mediante tres series de acciones, A, B y C (internacional, nacional y popular), respectivamente orientadas al capital privado internacional, al capital privado nacional, y a la ciudadanía en general en condiciones preferentes. El objeto principal de la privatización en la Serie A, es el pago de la deuda pública externa e interna; el de la Serie B, será lograr la competencia y eficiencia de la economía, y la Serie C, es la capitalización popular a manera de indemnización a la gente por tantos daños causados en décadas de estatismo, y así crear una sociedad de propietarios y capitalistas populares.

Art. 8. Derecho a competir en mercados libres de regulaciones mercantilistas. El Estado debe dictar leyes generales no reglamentos especiales, salvo para su propio funcionamiento y el de sus servicios y departamentos. En materia de leyes, para los particulares son suficientes los Códigos ordinarios -sustantivos y de procedimiento-; por lo tanto, se deban derogar todas las actuales reglamentaciones mercantilistas para actividades privadas económicas, servicios y factores, que son los graves obstáculos para el verdadero desarrollo y creación de riqueza sin que se acumule en pocas manos.

Las empresas privadas cumplirán sus funciones sin derechos o deberes especiales fijados por el Estado, sujetas a la disciplina del mercado y a su creativa destrucción, cuando no se operen debidamente, evitando rescates estilo FOBAPROA, ingenios azucareros, carreteros etc.

Sección III

En la esfera personal de lo espiritual, ético y cultural, el derecho a instituciones privadas totalmente independientes del Estado.

Este derecho se fundamenta en las libertades de pensamiento, de expresión, de información, de culto y demás libertades individuales que forman el mercado libre de ideas y conciencias, e incluye:

Art. 9. Derecho para establecer instituciones, agrupaciones, medios de comunicación, partidos políticos y congregaciones religiosas totalmente libres de intromisión estatista. Como las empresas, en el orden económico, estas deben ser entidades privadas para cumplir sus funciones naturales en competencia, sin subsidios, ayudas, ni reglamentaciones estatales que les brinden privilegios, y/o les fijen obligaciones especiales de funcionamiento y actividades para suprimir sus funciones. “Yo no quiero el control de los activos de la gente, quiero controlar sus mentes.” Hitler.

Art. 10. Derecho a participar en las privatizaciones de los institutos estatales de enseñanza, atención médica y de previsión.

Párrafo Uno. Los institutos estatales han de privatizarse mediante su entrega en propiedad a sus operadores, a cambio de asumir las obligaciones y pasivos pendientes. Se deberán constituir sociedades para los maestros; para el personal médico; para los empleados de los Seguros Sociales; y para los empleados de todos estos institutos. Análogamente serán privatizados los entes estatales de los deportes, recreación, cultura, ciencia, tecnología, artes, etc., cuyas funciones no son las propias y naturales del Estado.

Párrafo Dos. Son también titulares de este derecho empresas, gremios empresariales, profesionales, técnicos y sindicatos obreros, que en el Sistema de Libre Empresa deben de cumplir importantes funciones propias y naturales:

a) Intermediación (Bolsas de Trabajo) en un mercado laboral libre, sin privilegios o discriminaciones, con la elasticidad que le debe dar oferta y demanda, todo ello en forma pacífica.

b) Capacitación profesional y enseñanza, sin pretensiones exclusivistas de acuerdo a las demandas del mercado.

c) Gestión y administración de Centros Médicos y Cajas o Fondos de Pensiones y Jubilaciones, también en régimen de libre concurrencia.

Art. 11. Derecho a cupones en educación, servicios médicos y previsión. Mientras haya personas en situación de pobreza extrema, tienen derecho a reclamar asistencia estatal para estos fines. Pero lo deberán hacer sólo mediante cupones o “vouchers” EduCupón, MediCupón y SeguCupón. Los cupones respectivos serán reembolsados por el Estado a la institución prestataria en educación, cuidados médicos y previsión que haya elegido el beneficiario, sea de las privatizadas o de las actualmente privadas; todas ellas compitiendo en igualdad ante la Ley, con las mínimas intromisiones, reglamentaciones o supervisiones estatales.

Hace más de 60 años, el gran Von Mises, luego de llevar a cabo una auscultación de la situación de México, procedió a recetar un tratamiento similar el cual, como era de esperar, fue considerado antirrevolucionario y nunca se aplicó. Ya sabemos de las consecuencias.

En nombre de los más de 105 millones de mexicanos que queremos vivir mejor, queremos regresar a la patria, y queremos un futuro digno para nuestros hijos y generaciones futuras, le pido aplique este Programa de Gobierno. Si lo hace, se habrá ganado su lugar de preferencia en la historia, si no, la misma historia se lo demande.

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